Revisión crítica de la retroactividad como factor operativo de la resolución del contrato

Autores/as

  • Emilio José Becar Labraña

Resumen

El enunciado tradicional dice que la resolución del contrato por incumplimiento opera retroactivamente, de manera que este se reputa no haber existido jamás. Esta solución ha sido consagrada por las codificaciones de manera expresa o implícita, a partir de las normas sobre obligaciones condicionales o de acuerdo a los efectos de la nulidad y rescisión del contrato. Sin embargo, esta fórmula ha sido abandonada en el proceso de “Modernización del Derecho de las Obligaciones”, adoptándose como regla general la irretroactividad, reservando la excepción para justificar las prestaciones restitutorias que deban efectuarse.

La primera solución es criticable, porque borra una serie de cláusulas esenciales para el tratamiento del incumplimiento y de ruptura del contrato. La segunda se ajusta más a las exigencias teóricas requeridas, aunque lo hace bajo una perspectiva algo exagerada, que intentaremos moderar.

 

Palabras clave:

Resolución del contrato por incumplimiento, retroactividad, obligaciones restitutorias.